El
pasado martes, en una sentencia histórica, el Tribunal de Justicia de la Unión
Europea dictaminaba que los motores de búsqueda de internet deben retirar los
enlaces a informaciones publicadas en el pasado, si se comprueba que estos
perjudican a un ciudadano y carecen de relevancia en la actualidad.
Era
una sentencia, a raíz de la causa emprendida
hace más de seis años por el ciudadano español Mario Costeja por una información
de 1998 sobre un embargo inmobiliario por deudas a la Seguridad Social que, después
de tantos años y a pesar de estar solucionado, seguía apareciendo entre los primeros
resultados de Google en el momento de buscar su nombre.
Este respaldo al “derecho al olvido” evidentemente tendrá sus
consecuencias y, cómo no, también su polémica; pues, aun cuando la sentencia no
lo considera un derecho absoluto, algunos ya se están frotando las manos
esperando que sea un “coladero” que permita borrar en internet el pasado que no
les interesa, aunque éste precisamente tenga su relevancia e interés público
por el cargo que ahora ocupan.
Por lo pronto, según datos de la empresa Eliminalia dedicada a
borrar datos personales de internet, entre sus clientes tienen 220 políticos y
7 entidades bancarias. Esperemos que, como
dice el mismo Costeja, “si hay un político que ha metido la mano en la caja y una
sentencia que lo condena, eso no se puede borrar”.
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